Un martes cualquiera, 10 de la mañana. La terminal de pago de una sucursal deja de cobrar. Tres unidades de reparto desaparecen del rastreo. Dos vendedores en campo no pueden marcar.
Sistemas revisa la red, los equipos, la cobertura. Todo está bien.
El problema no fue técnico. Fue un trámite que nadie tenía asignado.
El registro de líneas telefónicas ante el Padrón de Telefonía Móvil es obligatorio en México para personas físicas y personas morales. A diferencia de otras obligaciones regulatorias, esta no llega con una multa: llega con una interrupción operativa. Y para las empresas tiene una trampa de diseño que casi nadie está viendo.
Cada línea celular activa en México debe quedar asociada a la identidad de un titular. La disposición se sustenta en los artículos 103 y 164 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y los lineamientos operativos los emitió la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) en diciembre de 2025.
El registro arrancó el 9 de enero de 2026 y aplica a todas las líneas activas: prepago, pospago, SIM física y eSIM. No hay categoría exenta por tecnología ni por uso.
Es la frase que más se repite en las áreas administrativas, y es donde empieza el problema.
Sí, las líneas de pospago suelen tener datos del titular desde la firma del contrato, y por eso la cobertura periodística se enfocó en el usuario de prepago. Pero tener datos no es lo mismo que estar vinculada. Y ninguna operación empresarial es homogénea:
La pregunta correcta no es si tu empresa es prepago o pospago. Es cuántas líneas tienes y bajo qué identidad está cada una. En la mayoría de las empresas medianas de México, hoy nadie tiene esa respuesta.
La fecha original de corte era el 30 de junio de 2026. La CRT la sustituyó por un calendario escalonado según el último dígito del número:
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Terminación |
Fecha límite |
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0 |
15 de agosto |
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1 |
31 de agosto |
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2 |
15 de septiembre |
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3 |
30 de septiembre |
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4 |
15 de octubre |
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5 |
31 de octubre |
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6 |
15 de noviembre |
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7 |
30 de noviembre |
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8 |
15 de diciembre |
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9 |
31 de diciembre |
Para una persona es trivial: mira tu número, ubica tu fecha.
Para una empresa con 40, 200 o 1,000 líneas es otra cosa. Tu flota está repartida entre las diez terminaciones. No tienes un vencimiento: tienes diez, distribuidos en cinco meses, y cada uno se lleva alrededor del 10% de tus líneas.
La suspensión no llega como apagón general que dispara todas las alarmas. Llega a goteo: unas cuantas líneas cada quince días. Suficientemente pocas para parecer una falla aislada, suficientemente seguidas para desgastar la operación durante todo el semestre.
El trámite para empresas no se hace con CURP:
Y hay una ventaja concreta: mientras una persona física tiene tope de diez líneas, una persona moral puede registrar dispositivos ilimitados bajo un mismo RFC.
Eso convierte el trámite en una oportunidad. Es el argumento para consolidar bajo el RFC todas esas líneas que hoy están dispersas a nombre de empleados. Si vas a hacerlo de cualquier forma, hazlo bien.
Un punto que suele tranquilizar a las áreas legales: los lineamientos prohíben expresamente que los proveedores conserven datos biométricos, fotografías o copias de identificación oficial. Solo se asocia la identidad al número.
Tres detalles operativos que ahorran dolores de cabeza: el proceso se hace ante cada operador, no ante el gobierno; el sistema en línea permite máximo tres intentos de validación antes de obligarte a ir presencialmente; y conviene guardar el folio de confirmación de cada línea.
La obligación no distingue si la SIM está en el celular de un director o dentro de una terminal de punto de venta, un rastreador GPS de flotilla, una cámara de videovigilancia, un medidor de telemetría o un router de respaldo.
Estas líneas comparten dos características incómodas.
Nadie las mira. No tienen usuario en el sentido tradicional: nadie recibe el SMS de aviso, nadie nota que llegó un mensaje pidiendo completar el registro.
Son las que más caro cuestan al caerse. Están directamente sobre la ruta del ingreso.
Vuelve al martes de las 10 de la mañana. Esa es exactamente la escena.
Si tienes SIMs en dispositivos sin pantalla, no asumas que el flujo estándar por mensaje va a funcionar. Confirma con tu proveedor de conectividad cuál es el procedimiento para líneas M2M y quién lo ejecuta: tú o él. Esa conversación conviene tenerla esta semana, no en noviembre.
Desde febrero de 2026 la CRT tiene un portal de consulta que muestra qué números están asociados a un RFC o una CURP.
No existe un padrón único. La consulta se hace operador por operador. Si tienes líneas con dos o tres proveedores, lo normal, repites el ejercicio en cada uno y consolidas tú mismo.
Puede revelar sorpresas. Si aparece un número que no reconoces ligado al RFC de tu empresa o a tu representante legal, solicita la desvinculación inmediata ante el operador; los casos de uso indebido también se reportan ante Renapo.
Para muchas empresas este va a ser el primer inventario real de líneas en años. No es raro que salgan números activos que ya nadie usa y que se siguen facturando cada mes.
No hay multa. Hay suspensión.
Vencida la fecha de tu terminación, el operador tiene 72 horas para suspender las líneas no vinculadas. La línea conserva únicamente llamadas a emergencias, a atención ciudadana, a su propia compañía, y la recepción de alertas sísmicas.
Se pierden llamadas, SMS, datos móviles, códigos de verificación bancaria y portabilidad. Para una línea de negocio, eso es estar fuera de servicio.
El número y el saldo no se pierden, y el servicio se restablece en cuanto completas la vinculación. La suspensión es reversible, pero mientras dura, la operación se detiene.
El cumplimiento es la fecha límite. El control del gasto es el premio.
¿Mi empresa está exenta si todas sus líneas son de pospago?
No automáticamente. Suelen tener datos del titular desde la contratación, pero eso no garantiza que la vinculación esté completa. La única forma de saberlo es consultar el estatus operador por operador.
¿Quién hace el trámite: la empresa o cada empleado?
Depende de a nombre de quién esté la línea. Las que están a nombre de la empresa las gestiona el representante legal con el RFC. Las que están a nombre de un empleado dependen de esa persona, lo cual es justamente el riesgo que conviene eliminar consolidando la titularidad.
¿Qué pasa si un empleado sale de la empresa y la línea está a su nombre?
La línea sigue atada a su identidad, no a la tuya. Si esa persona no completa el registro, el número se suspende aunque la empresa lo esté pagando y usando. Es el escenario más común de suspensión inesperada.
¿Cuántas líneas telefónicas puede registrar una empresa en México?
Ilimitadas bajo un mismo RFC, acreditando la personalidad jurídica del representante legal. Las personas físicas tienen tope de diez líneas asociadas a su CURP.
¿Qué pasa con las SIM de terminales POS, GPS y cámaras?
Aplican igual que cualquier línea activa, pero no reciben los avisos de registro. El trámite debe gestionarse por el canal empresarial del operador o del proveedor de conectividad.
El Padrón dejó algo en evidencia: la mayoría de las empresas no sabe con precisión cuántas líneas tiene, quién las usa ni a nombre de quién están. No es un problema regulatorio. Es un problema de gestión que la regulación sacó a la luz.
En BUMO administramos conectividad empresarial con visibilidad de cada línea y cada dispositivo, incluidas las que viven dentro de terminales, rastreadores y cámaras.